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Uno de los problemas que se plantea en caso de que la víctima de un accidente de tráfico no llevase puesto el cinturón de seguridad es si tiene derecho a indemnización o no por los daños personales que haya sufrido en dicho accidente.

La ley establece que si la víctima contribuye con su conducta a la producción del daño, se reducirán las indemnizaciones a las que tiene derecho y que se entiende que existe esa contribución si la víctima por falta de uso o uso inadecuado del cinturón, incumple la normativa de seguridad y provoca la agravación del riesgo.

Hay que tener en cuenta que el uso del cinturón de seguridad es obligatorio tanto para el conductor como para los pasajeros y que el incumplimiento de esta norma constituye una infracción grave, que conlleva multa de hasta 200 euros tanto si el que no lo usa es el conductor como si son los pasajeros.

En el caso del conductor, además de la correspondiente multa, conlleva pérdida de puntos del carnet de conducir.

En el caso de los pasajeros, si son mayores de edad, serán ellos los responsables del pago de la multa por no usar el cinturón de seguridad y si son menores de edad, será el conductor el obligado a su pago.

La rebaja de la indemnización puede llegar incluso al 75%.

Ahora bien, la compañía de seguros debe acreditar que no llevar puesto el cinturón ha provocado una agravación del riesgo.

Para que proceda la reducción de la indemnización porque la víctima del accidente de tráfico no lleve puesto el cinturón es necesario que quede acreditado en el procedimiento esa circunstancia, tal y como establece la Sentencia del Tribunal Supremo de 26-3-2026.

Además, es preciso analizar qué tipo de colisión se ha producido.

Según la opinión de algunos peritos, el cinturón de seguridad puede proteger en los impactos frontales pero no en los choques laterales ni en los traseros.

Es necesario también determinar cuál ha sido la incidencia de la falta del cinturón de seguridad en la producción del resultado final, es decir, en las lesiones o el fallecimiento de la víctima.

Si el impacto fue tan fuerte que también otros ocupantes del vehículo fallecieron a pesar de llevar puesto el cinturón de seguridad, la falta de éste no tuvo incidencia en el resultado final y no cabe reducir la indemnización que corresponde a los familiares de la víctima por ese motivo.

No existe un porcentaje de reducción de indemnización establecido en los casos de víctimas de accidentes de tráfico que no llevaban puesto el cinturón de seguridad.

Normalmente, las aseguradoras reducen la indemnización por ese motivo en un porcentaje que oscila entre el 10% y el 30%.

Hay que analizar las circunstancias de cada caso de forma individualizada.

Las aseguradoras deberían aportar prueba médica o bio-mecánica que acreditase que los efectos de la colisión (las lesiones de las víctimas) se han visto agravadas por no llevar la víctima el cinturón de seguridad.

Hay que tener en cuenta que si la víctima que no llevaba el cinturón de seguridad puesto no era el conductor del vehículo causante del accidente, ninguna culpa tiene ella en la producción del accidente.

Como se expone en sentencias como la dictada por la Audiencia Provincial de Jaén de 5-6-2025, “lo determinante a efectos de la moderación de la indemnización sería conocer la incidencia de la falta de cinturón de seguridad en la producción del resultado final”

Si el accidente fue de tal magnitud, como el del caso analizado por esa sentencia que no sólo el  ocupante del vehículo que no llevaba el cinturón de seguridad fallece sino también el conductor de dicho vehículo, que sí llevaba dicho cinturón, no se puede llegar a la conclusión de que la falta de uso del cinturón de seguridad por la ocupante del vehículo fuera determinante del resultado final, motivo por el que no procede reducción de la indemnización.

Si has resultado perjudicado (como familiar o como víctima) por un accidente de tráfico en el que no se hacía uso del cinturón de seguridad, consúltanos tu caso y te informaremos de la indemnización a la que tienes derecho.

SEPTIEMBRE-2026